Coordinatorias de programas de Posgrado

Coordinación didáctica de los programas de posgrado tocará a los siguientes órganos colegiados:

I – colegiado pleno;

II – colegiado delegado.

La coordinación administrativa de los programas de posgrado será ejercida por:

Un coordinador y un subcoordinador, integrantes del cuadro de personal docente efectivo de la UFSC y electos entre los profesores permanentes del programa, en la forma prevista en los respectivos regimientos, con mandato mínimo de dos años y máximo de cuatro años, permitido uma reelección.

De las Competencias del Coordinador:

I – convocar y presidir las reuniones de los colegiados;

II – elaborar las programaciones de los cursos, respetado el calendario académico, sometiéndolas a la aprobación del colegiado delegado;

III – preparar el plano de aplicación de recursos del programa, sometiéndolo a la aprobación del colegiado delegado;

IV – elaborar los informes anuales de actividades y de aplicación de recursos, sometiéndolos a la apreciación del colegiado pleno;

V – someter a la aprobación del colegiado delegado los nombres de los profesores que integrarán:

a) la comisión de selección para admisión de estudiantes en el programa;

b) la comisión de bolsas o de gestión del programa;

c) la comisión de acreditamiento y recreditamiento de docentes;

VI – decidir sobre las bancas examinadoras de cualificación y de defensa de trabajos de conclusión del curso;

VII – decidir sobre las indicaciones de coorientadores de trabajos de conclusión encaminadas por los orientadores;

VIII – definir, en conjunto con las jefaturas de departamentos o de unidades administrativas equivalentes y los coordinadores de los cursos de Grado, las disciplinas que podrán contar con la participación de los estudiantes de posgrado matriculados en la disciplina “Estágio de Docência” [Prácticas de Enseñanza];

IX – decidir ad referendum del colegiado pleno o delegado, en casos de urgencia o inexistencia de quórum, debiendo la decisión ser apreciada por el colegiado equivalente dentro de 30 (treinta) días;

X – articularse con la Pro-Rectoría de Posgrado (PROPG) para acompañamiento, ejecución y evaluación de las actividades del programa;

XI – coordinar todas las actividades del programa bajo su responsabilidad;

XII – representar el programa, interna y externamente a la UFSC, en las situaciones relativas a su competencia;

XIII – delegar competencia para ejecución de tareas específicas;

XIV – velar por el cumplimiento de esta resolución normativa y del regimiento y normas internas del programa;

XV – firmar los termos de compromiso celebrados entre el estudiante y la parte cedente de prácticas no obligatorias, desde que previstos en la estructura curricular del curso, en los termos de la Ley n.º 11.788, de 25 de setiembre de 2008;

XVI – apreciar los informes de actividades semestrales o anuales de los estudiantes de maestría e de doctorado. Parágrafo único. En los casos previstos en el inciso IX, persistiendo la inexistencia de quórum para nova reunión convocada con la misma finalidad, será lo ato considerado ratificado.

Coordinatoria de programa de Posgrado en Administración

Coordinatoria de programa de Posgrado en Ciencias Contables 

Coordinatoria de programa de Posgrado en Economía

Coordinatoria de programa de Posgrado en Relaciones Internacionales 

Coordinatoria de programa de Posgrado en Servicio Social 

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